Estado a 14 de octubre de 2026: el Real Decreto-ley 29/2026 está en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación. Con las Cortes disueltas, decide la Diputación Permanente del Congreso. Actualizaremos esta guía en cuanto haya votación.
Qué dice sobre la subida del alquiler
Para las actualizaciones anuales de la renta de los contratos de vivienda que se produzcan entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, el decreto establece:
- Si la renta supera el límite máximo que resulta del sistema estatal de índices de precios de referencia, no procede ningún incremento.
- En los demás casos, el incremento será el que resulte de un nuevo pacto entre las partes.
- Sin nuevo pacto, la subida no puede superar el 2 %.
Todo ello se suma a las reglas generales: la renta solo se actualiza si el contrato lo prevé, en la fecha de cada aniversario, y en los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023 la subida tampoco puede superar el IRAV.
Cómo saber si tu renta supera el índice de referencia
El índice de referencia es el que ofrece el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI) del Ministerio de Vivienda. Para consultarlo:
- Entra en el SERPAVI (enlace en las fuentes).
- Introduce la dirección o la referencia catastral de la vivienda y sus características (puedes consultarlas en la sede electrónica del Catastro).
- El sistema da una horquilla de precios; el límite máximo se toma del valor superior.
Ten en cuenta que el SERPAVI solo cubre viviendas en edificios de viviendas colectivas de más de cinco años y con una superficie construida entre 30 y 150 m². El sistema se actualizó por última vez mediante una resolución de 16 de abril de 2026.
Ejemplos
| Situación | Resultado |
|---|---|
| Contrato con cláusula IPC, renta por debajo del índice de referencia, sin nuevo acuerdo, IPC del 3 % | Máximo 2 % |
| Contrato posterior al 26/05/2023, IRAV del 2,47 %, sin nuevo acuerdo | Máximo 2 % (el límite extraordinario es menor que el IRAV) |
| Índice pactado del 1,5 % | 1,5 % (el límite no obliga a subir más) |
| Renta por encima del índice de referencia | Sin subida |
| Contrato sin cláusula de actualización | Sin subida |
Puedes comprobar tu caso con la calculadora de actualización, que aplica estas reglas según la fecha de tu aniversario.
Qué pasó con los decretos anteriores de 2026
El límite del 2 % ha tenido varias idas y venidas en 2026:
- RDL 8/2026 (en vigor desde el 22 de marzo de 2026): incluía un límite del 2 % y una prórroga extraordinaria. El Congreso no lo convalidó el 28 de abril de 2026.
- RDL 26/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026): recuperaba medidas similares. Fue derogado el 2 de octubre de 2026.
- RDL 28/2026 y RDL 29/2026 (publicados el 7 de octubre de 2026): recuperan, con cambios, las medidas de vivienda.
Para las actualizaciones cuyo aniversario cayó en los días en que estuvieron en vigor los decretos decaídos, hay debate jurídico sobre si el límite se mantiene. Si es tu caso, la calculadora te muestra los dos escenarios y te recomendamos consultar a un profesional.
Otras medidas del RDL 29/2026
Además de la actualización de la renta, el decreto modifica otros aspectos de la Ley de Arrendamientos Urbanos: prevé una prórroga extraordinaria de ciertos contratos de vivienda habitual a petición del inquilino, regula el alquiler por habitaciones (la suma de las rentas no puede superar la del alquiler de la vivienda completa) y exige que las ofertas y anuncios incluyan información sobre el índice de referencia. Estas medidas tienen requisitos concretos: consulta el texto del BOE antes de tomar decisiones.
Qué ocurre si no se convalida
Si la Diputación Permanente deroga el decreto, el límite dejará de aplicarse a las actualizaciones posteriores a la derogación, y volverán a regir solo las reglas generales. Las actualizaciones hechas mientras estuvo en vigor podrían ser objeto, de nuevo, de debate jurídico. Revisa la página de normativa antes de comunicar o aceptar una subida.
Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE-A-2026-20823) (se abre en una pestaña nueva)
- Real Decreto-ley 28/2026, de 6 de octubre (BOE-A-2026-20822) (se abre en una pestaña nueva)
- Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre (BOE-A-2026-20266) (se abre en una pestaña nueva)
- Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo (BOE-A-2026-6545) (se abre en una pestaña nueva)
- Resolución de 16 de abril de 2026 que actualiza el sistema estatal de índices de precios de referencia (BOE-A-2026-8691) (se abre en una pestaña nueva)
- Ministerio de Vivienda: Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI) (se abre en una pestaña nueva)
Última revisión: . Revisamos esta página cuando cambia la normativa o se publican datos nuevos. Si encuentras un error, avísanos y lo corregiremos indicando la fecha del cambio. Consulta cómo elaboramos y revisamos el contenido.
Esta información es general y orientativa; no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para decisiones importantes, consulta el texto oficial de la norma o a un profesional.