Estado de la normativa del alquiler

Qué normas aplican hoy nuestras calculadoras, desde cuándo y con qué estado. Revisado el .

Situación cambiante

En 2026 se han aprobado varios reales decretos-leyes sobre el alquiler. Algunos no fueron convalidados por el Congreso y el último está pendiente de convalidación por la Diputación Permanente. Actualizamos esta página y las calculadoras cuando cambia la situación; si ves que algo ha cambiado antes que nosotros, avísanos.

Límites extraordinarios a la actualización de la renta en 2026

Reales decretos-leyes de 2026 con límites a la actualización de la renta
NormaVigenciaLímiteEstado
Real Decreto-ley 8/2026 Desde el 22/03/2026 hasta el 28/04/2026 Máximo 2 % sin nuevo pacto Decaído (no convalidado)
El Congreso no lo convalidó en el Pleno del 28/04/2026. La fecha de fin es la de la votación; la resolución de derogación se publica después en el BOE.
Real Decreto-ley 26/2026 Desde el 01/10/2026 hasta el 02/10/2026 Sin subida si la renta supera el índice de referencia; si no, nuevo pacto o máximo 2 % sin nuevo pacto Derogado
Derogado por el Congreso el 02/10/2026 (derogación publicada en el BOE ese mismo día).
Real Decreto-ley 29/2026 Desde el 08/10/2026 (previsto hasta el 31/12/2027) Sin subida si la renta supera el índice de referencia; si no, nuevo pacto o máximo 2 % sin nuevo pacto En vigor, pendiente de convalidación
Publicado en el BOE el 07/10/2026 y en vigor desde el 08/10/2026. Con las Cortes disueltas, su convalidación o derogación corresponde a la Diputación Permanente del Congreso.

Qué dice el Real Decreto-ley 29/2026 sobre la actualización

Para las actualizaciones anuales de la renta comprendidas entre su entrada en vigor (8 de octubre de 2026) y el 31 de diciembre de 2027:

  • Si la renta supera el límite máximo que resulta del sistema estatal de índices de precios de referencia, no procede ningún incremento.
  • En los demás casos, el incremento será el que resulte de un nuevo pacto entre las partes y, en ausencia de pacto, no podrá superar el 2 %.

El mismo decreto modifica otros aspectos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (prórrogas extraordinarias, alquiler por habitaciones, información en la publicidad de ofertas y régimen de los contratos anteriores a la Ley 12/2023). Para cualquier decisión, consulta el texto en el BOE.

El Real Decreto-ley 28/2026, publicado el mismo día, adopta medidas sobre la estabilidad de los contratos de vivienda habitual. Nuestras calculadoras todavía no incorporan sus efectos específicos.

Si el decreto se convalida, el límite seguirá hasta el 31/12/2027. Si se deroga, dejará de aplicarse a las actualizaciones posteriores y volverán a regir solo las reglas generales (cláusula del contrato e IRAV para los contratos firmados desde el 26/05/2023).

Reglas generales que aplican las calculadoras

  • Actualización (art. 18 LAU): solo si el contrato la prevé y en cada aniversario; exigible desde el mes siguiente a la notificación por escrito.
  • Tope del IRAV: para contratos firmados desde el 26/05/2023, la subida no puede superar el IRAV publicado por el INE (desde el 1/1/2025). Último dato comprobado: 2,47 % (agosto de 2026, publicado el 15/09/2026).
  • Duración (arts. 9 y 10 LAU): prórroga obligatoria hasta 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica) y tácita de hasta 3 años, para contratos desde el 6/3/2019.
  • Desistimiento (art. 11 LAU): tras seis meses y con 30 días de preaviso; indemnización pactable de una mensualidad por año restante, proporcional.
  • Fianza (art. 36 LAU): una mensualidad en vivienda; garantía adicional máxima de dos; devolución en un mes desde la entrega de llaves con interés legal después (3,25 % en 2026).

Historial de cambios del sitio

  1. : Publicación inicial. Incorporados el RDL 29/2026 (límite del 2 % y regla del índice de referencia, pendiente de convalidación), los periodos del RDL 8/2026 (decaído) y del RDL 26/2026 (derogado), el IRAV de agosto de 2026 (2,47 %) y el interés legal del dinero de 2026 (3,25 %).

Fuentes oficiales

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Esta información es general y orientativa; no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para decisiones importantes, consulta el texto oficial de la norma o a un profesional.